jueves, 22 de mayo de 2014

DERECHO DE AUTOR Y DOMINIO PÚBLICO, Manú de Ordoñana

Derecho de autor frente a dominio público

Categoría (Derechos de autorGeneral) por Manu de Ordoñana el 22-05-2014

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Derecho de autor y dominio público son dos derechos contrapuestos que a menudo colisionan:
  • El autor, a percibir una recompensa por el esfuerzo realizado para producir su obra, el tiempo utilizado, además del reconocimiento moral que le otorga el público que la disfruta.
  • La sociedad, para acercar el conocimiento al mayor número posible de personas, fomentar el nacimiento de nuevos creadores y contribuir al desarrollo social de los países.
Este conflicto de intereses se complica todavía más cuando aparecen los intermediarios entre el escritor y el lector, que acaparan la producción y la comercialización del objeto creado, lo que les arrastra a destinar enormes cantidades de recursos en promoción y publicidad, para recuperar con rapidez la inversión y retribuir a sus propietarios. La lógica del beneficio pervierte el objetivo del saber y se convierte en el verdadero meollo de la cuestión. Antes, las cosas no iban por ahí.
Dominio público
En la Edad Media, la mayoría de las creaciones literarias eran anónimas, no sólo por la falta de documentos acreditativos, sino por el papel que se atribuía a los autores, sometidos a la voluntad de las clases privilegiadas que, como financiadores de la obra, preferían silenciar la autoría, por ser información irrelevante. Lo mismo ocurría con la música, por la fidelidad del trovador a su señor feudal y la mala imagen que tenían los juglares.
El Renacimiento alumbró una clase media que se enriqueció con la industria y el comercio, surgiendo así un consumo de bienes culturales que antes no existía. El mercado del libro adquirió volumen y la figura del autor tomó relieve. Las imprentas empezaron a protegerse de la competencia y la Iglesia ─con la venia de la monarquía de turno─ hizo todo lo posible para controlar la circulación de textos, propiciando la concentración de la producción editorial en torno al poder dominante.
Ese monopolio provocó la aparición de impresores aforados que se atrevieron a burlar la censura estatal y sufrir la hostilidad de los gremios privilegiados. Ubicaron su actividad en la periferia ─Escocia e Irlanda para el mercado inglés; Holanda y Suiza para el francés─ y, amparados por la lejanía, empezaron a publicar textos censurados y ediciones baratas de los bestsellers del momento.
Al principio, el Estado fue capaz de controlar esa competencia desleal, pero con el tiempo, las prácticas piratas terminaron por imponerse hasta que no tuvo más remedio que ceder y cambiar la legislación. El estatuto de la Reina Ana en Inglaterra (1710) fue el primer intento de legislar sobre derechos de autor, si bien su intención era proteger al editor más que al autor. A partir de ahí, los países de Occidente siguieron su ejemplo y adoptaron medidas más o menos estrictas para proteger la creación literaria.
Todos contentos… hasta que irrumpió la tecnología digital. Primero fue la música la que sufrió la dentellada de la piratería con la reproducción de copias ilegales fuera de todo control, luego le llegó el turno al sector audiovisual: películas y series televisivas se bajan de Internet sin obstáculo. Y finalmente es el libro el que ha entrado en ese tráfico clandestino, aunque no a los niveles que nos quieren hacer creer los medios de comunicación.
Pero las nuevas tecnologías no trajeron sólo la piratería, también impulsaron nuevas recetas de gestión empresarial que primero se aplicaron en la industria manufacturera, luego se extendieron a los servicios, y más tarde alcanzaron al mundo del libro. Así surgieron nuevos editores de ámbito multinacional, que ensayaron con éxito nuevas formas de producción para adecuar las tiradas a la demanda y reducir la cadena de distribución hasta el punto de llegar sin eslabones hasta el cliente final. Eso les ha permitido reducir los precios, ajustar las existencias y ofrecer un catálogo que difícilmente se encuentra en una librería.
Éste es el verdadero enemigo de la industria tradicional, no la piratería (que, al final, se limita al libro digital cuyas ventas en España son todavía reducidas), una competencia a la que inútilmente se le ponen trabas, con la débil excusa de proteger la producción nacional para salvar unos puestos de trabajo que tarde o temprano terminarán por desparecer, en lugar de encarar el problema y propiciar la modernización de aquellas empresas que tengan alguna viabilidad. Pero no, es más fácil echar la culpa al mercado, al extranjero, o a la madre que lo parió.
Mientras tanto, el Gobierno Español titubea y no sabe cómo guardar la cara. Ahora que el Consejo de Ministros ha presentado al Congreso el anteproyecto de reforma de la ley de Propiedad Intelectual, las críticas a su contenido han arreciado de todos los agentes implicados. Las entidades de gestión se quejan de que sus opiniones no han sido escuchadas y que el Gobierno sólo aspira a poner un parche para frenar la amenaza estadounidense de incluir a España en la llamada Lista 301, una relación de países acusados de permitir la piratería digital, aunque su lectura apunta a que el objetivo sigue siendo proteger la industria nacional.
Los partidarios del sistema garantista sostienen que, para estimular la producción literaria, es preciso premiar el esfuerzo creativo. Con ese argumento tan simple, han convencido al poder político para legislar en su beneficio, protegidos como están por contratos leoninos en los que el autor les ha cedido para un largo periodo de tiempo ─si no para siempre─ la exclusividad en la explotación de su obra.
Ha sido la industria la que se ha apoderado de los derechos de autor, a cambia de alguna migaja. Ella es la que hace el verdadero negocio, al amparo de una normativa que propicia el monopolio. Y al mismo tiempo, ha ido cercenando ese espacio casi olvidado en el que los ciudadanos comparten el conocimiento de manera solidaria, sin pagar royalties y que se llama dominio público. Pero esto no es nuevo… siempre ha sido así. Ya a principios del siglo pasado, Baroja se lamentaba en sus memorias de lo poco que ganaban los escritores y de lo bien que les iba a los artistas, sobre todo a los pintores.
Es verdad que, en los últimos tiempos, algunas estrellas que iluminan el firmamento literario se han convertido en figuras rutilantes de la vida pública, pero son excepciones. Aunque sea legítimo aspirar a la riqueza,  no concibo el imaginario de un poeta viciado con propósitos utilitaristas. El escritor comprometido con la mejora de la condición humana ha de estar vacunado contra la codicia y ordenar su vida en torno a unos ingresos que le proporcionen un clima sosegado para ejercer su profesión, mas no dejarse llevar por el dinero y la gloria. La literatura ha de seguir siendo el adalid de la libertad y luchar contra el avance de un capitalismo contumaz que pretende instalarse en el poder y dominar la sociedad. Malo sería que llegara a contagiarse de esa dictadura del beneficio que pulula alrededor y perdiera su sagrada misión de defender la dignidad humana.
La legislación que se aplica hoy en Occidente es una aliada del sistema, ya que se asienta en el principio de preservar los intereses de la industria. Con el falso argumento de defender los derechos de autor y combatir la piratería, los grandes sellos editoriales están adquiriendo a un coste muy bajo la propiedad de la cultura, en menoscabo de los contenidos que corresponden al dominio público. Sería bueno que, al menos, el mundo intelectual se percatara de este hecho y dejara de tutelar la reforma de la ley que en este momento se discute en el Congreso.
No hay que olvidar que el derecho de autor es de carácter temporal y no de propiedad indefinida, ya que su objeto es asegurar el sustento del escritor y, una vez cumplida su función, prescribe, para convertirse en patrimonio cultural de la Humanidad. En la mayoría de los países, la protección se alarga hasta setenta años después de la muerte del creador, plazo que muchos consideran excesivo, habida cuenta de que su talento no es un bien infuso. El artista ha recibido un legado intelectual de sus antepasados que le ha servido para producir su obra. Las creaciones del ser humano no salen de la nada, incorporan, en mayor o menor medida, piezas preexistentes. En ese sentido, el dominio público impone unos límites a los derechos de autor. Éste no es propietario exclusivo de su obra, sólo una parte; la otra pertenece a la sociedad. Pero ¿en qué proporción? La polémica está servida. La respuesta, en torno al baricentro del triángulo formado por los tres vértices:
  • El autor, que precisa el derecho a explotar en exclusiva su obra durante un tiempo limitado, el necesario para vivir con holgura y seguir creando.
  • El usuario, al que se le reconoce un derecho de acceso al conocimiento a un precio razonable, si no gratuito, para reforzar el patrimonio colectivo y fomentar así el arribo de nuevos creadores.
  • El intermediario, para operar en un terreno en el que se reconozca su labor como inversor que asume riesgos, invierte dinero y percibe un rendimiento.
He aquí lo que dijo Víctor Hugo en su discurso de apertura del Congreso Literario Internacional de 1878: “El libro, como libro, pertenece al autor, pero como pensamiento, pertenece al género humano. Todas las inteligencias tienen su derecho. Si uno de los dos derechos, el derecho del escritor y el derecho del espíritu humano, tendría que ser sacrificado, ciertamente, el derecho del escritor sería el sacrificado, ya que el interés público es nuestra preocupación única, y todos, yo declaro, tienen la prioridad antes que nosotros”.
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